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Devolución del I.V.A

Las empresas españolas que hayan pagado IVA en cualquier país de la Unión Europea así como en determinados países terceros, pueden solicitar a las correspondientes Administraciones Tributarias la devolución de las cuotas de este impuesto efectivamente pagadas.

Apenas una pequeña parte del IVA soportado en el extranjero es recuperado  por ser un proceso complejo, burocrático y  además de contar con plazos breves de tiempo  para la presentación de información complementaria. Las empresas pierden importes considerables, desaprovechando la posibilidad de reducir sus costes con la recuperación del IVA soportado en el extranjero.

Con el fin de dar servicio a la empresa, la Cámara Oficial  de Comercio e Industria de Madrid tramita la devolución del IVA en un total de 34 países: los 27 que forman parte de la Unión Europea, así como Canadá, Corea del Sur, Croacia, Islandia, Macedonia, Noruega y Suiza.